En Copermática trabajamos para que nuestros programas estén adaptados a la nueva normativa antifraude o de “doble uso”.
De acuerdo al BOE del 10 de julio de 2021, se publica la Ley 11/2021 de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal en su artículo decimotercero, aparado cuatro.
Se añade una nueva letra j) en el apartado 2 del artículo 29, que queda redactada de la siguiente forma:
« j) La obligación, por parte de los productores, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos.
Reglamentariamente se podrán establecer especificaciones técnicas que deban reunir dichos sistemas y programas, así como la obligación de que los mismos estén debidamente certificados y utilicen formatos estándar para su legibilidad.»
En Copermática cumplimos la ley antifraude como fabricantes de software
Las aplicaciones de Gestión nubbix de Copermática Software cumplen la garantía de veracidad, transparencia y trazabilidad de los movimientos y procesos, evitando la capacidad de fraude en la contabilidad.
CUMPLIR ES ADAPTARSE Y GANAR PRODUCTIVIDAD
Utilizar aplicaciones profesiones y actualizadas que garanticen los principios de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
No solo cumpliríamos, sino que además incrementaremos la productividad y rentabilidad de nuestro negocio.
Un gran número de pequeñas empresas y sobre todo autónomos gestionan su negocio mediante herramientas ofimáticas como hojas de cálculo o incluso directamente en papel. Hasta la fecha estos métodos para gestionar la facturación o contabilidad de su empresa eran válidos, pero ahora con la nueva ley antifraude no es aconsejable seguir realizando esta práctica ya que no garantizan los principios que exige esta nueva ley de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
AÚN NO SE HAN PUBLICADO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REGLAMENTARIAS
Y aunque aún no se ha publicado una reglamentación sobre especificaciones técnicas a cumplir por los programas de software de gestión, contabilidad y facturación, por la nueva ley antifraude, existe una enorme probabilidad de que al utilizar cualquier herramienta ofimática como hojas de cálculo o editores de texto podamos ser sancionados con una infracción tributaria grave.
¿CÓMO PUEDO COMPROBAR QUE MI PROGRAMA DE GESTIÓN CUMPLE LA LEY?
Si su programa garantiza y dispone de la capacidad de integridad siendo el fiel reflejo de la calidad del registro, conservación e inalterabilidad mantener en el tiempo la información registrada sin ser alterada de manera intencionada mediante proceso específicos para ello, accesibilidad en cualquier momento a cualquier información registrada, disponer de legibilidad para que la información pueda ser interpretada de acuerdo a normas y formatos estándar y se pueda realizar una trazabilidad de sus registros de movimientos, hoy cumple con la ley.
13/10/2021