4. Precio y condiciones de pago.
4.1. Los precios de venta de los productos serán los que vengan fijados en las ofertas y tarifas de «COPERMÁTICA, S.L.», comunicadas al CLIENTE; o bien en las condiciones particulares convenidas entre «COPERMÁTICA, S.L.» y el CLIENTE. En dichos precios irán incluidos todos los costes que «COPERMÁTICA, S.L.» deba aportar o realizar (gastos de embalaje, expedición, aranceles, tasas, costes de transportes vigentes a día de la entrega…).
4.2. El CLIENTE podrá optar por el pago directo de los Productos/Servicios a «COPERMÁTICA, S.L.» o por la vía de la financiación de dicho pago a través de una entidad financiera. A tales efectos, «COPERMÁTICA, S.L.» podrá poner a disposición del cliente la información necesaria de las entidades financieras con las que «COPERMÁTICA, S.L.» colabore.
4.3. Toda vez que el CLIENTE optase por la contratación de los Productos/Servicios ofrecidos por «COPERMÁTICA, S.L.» a través de una entidad financiera y a los efectos de este contrato, «COPERMÁTICA, S.L.» quedará exonerada de cualquier responsabilidad respecto a los impagos que por parte del CLIENTE pudieran producirse respecto de la entidad financiera con la que se contraigan obligaciones de pago respecto de los Productos/Servicios prestados por «COPERMÁTICA, S.L.». La opción quedará determinada en el momento de la firma del contrato con la entidad financiera correspondiente, fecha a partir de la cual comenzará a desplegar efectos la exoneración de responsabilidad respecto de «COPERMÁTICA, S.L.».
4.4. Las entregas a cuenta realizadas para la formalización del presente contrato no serán devueltas en caso de cancelación de este por el CLIENTE. Igualmente, el importe entregado a cuenta por los objetos recibidos no será devuelto al CLIENTE si este decide resolver el contrato.
4.5. El cliente autoriza expresamente a «COPERMÁTICA, S.L.» a presentar al cobro la factura correspondiente con cargo a la cuenta bancaria que haya facilitado a «COPERMÁTICA, S.L.». Por tanto, el comprador reconoce expresamente que no tendrá derecho a solicitar a su banco la devolución de las facturas correspondientes a las compras que «COPERMÁTICA, S.L.» le gire contra dicha cuenta corriente.
4.6. El comprador autoriza a «COPERMÁTICA, S.L.» a comunicar a la entidad financiera en la que tiene domiciliados los pagos, las declaraciones contenidas en la presente cláusula. Sin perjuicio de lo anterior, «COPERMÁTICA, S.L.» se reserva el derecho a exigir, cuando lo considere oportuno, el pago por otros medios (cheque, transferencia, pagaré, etc..).
4.7. El pago se realizará sin ninguna deducción tal como retenciones no acordadas, descuentos, gastos, impuestos o tasas, o cualquier otra deducción.
4.8. Si en un plazo de 15 días desde la firma del presente contrato, el comprador no presenta ninguna oposición u objeción, quedará obligado a pagar el importe acordado. Además, deberá abonar el total de los materiales entregados, sin opción a devolverlos, ya sea total o parcialmente.
4.9. En caso de retraso en los pagos por parte del CLIENTE, y salvo acuerdo expreso al respecto, éste tendrá que pagar al vendedor, sin requerimiento alguno y a partir de la fecha de vencimiento del pago, los intereses de demora del pago retrasado, que se calcularán conforme a lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre. El pago de estos intereses no liberará al comprador de la obligación de realizar el resto de los pagos en las condiciones acordadas.
4.10. «COPERMÁTICA, S.L.» puede modificar los precios de los productos o servicios ofertados en cualquier momento. Sin embargo, los aumentos de precio no afectarán a los pedidos que ya se encuentren en proceso y hayan sido previamente aceptados por «COPERMÁTICA, S.L.». Si el cliente realiza un pedido con un precio incorrecto, «COPERMÁTICA, S.L.» le notificará el precio correcto y, si el cliente confirma expresamente el pedido dentro de los dos días siguientes, este será procesado con el nuevo precio.
4.11. Ante el incumplimiento, total o parcial, de las obligaciones de pago contraídas por el comprador, «COPERMÁTICA, S.L.» tendrá derecho a resolver las ventas que resultaran impagadas, así como al resarcimiento de daños y abono de los intereses correspondientes. Asimismo, el CLIENTE deberá de asumir los gastos financieros y bancarios que la demora en el pago produzca.
4.12. La falta de pago o incumplimiento de plazos establecidos en este documento constituye el bloqueo automático, sin previo aviso, del soporte técnico, el uso y acceso a la explotación del sistema implantado en su totalidad.
4.13. «COPERMÁTICA, S.L.» se reserva el derecho a fijar un límite de crédito para cada cliente y a subordinar las entregas en base a este límite y/o a la presentación de una garantía de pago suficiente. En caso de retraso o de incidencia en el pago, «COPERMÁTICA, S.L.» podrá proceder a la recuperación de la mercancía pendiente de pago y/o a la iniciación de acciones legales que le asistan. «COPERMÁTICA, S.L.» se reserva el derecho de reclamar los gastos prejudiciales, especialmente los gastos de requerimientos y costes de abogados.
4.14. «COPERMÁTICA, S.L.» se reserva el derecho a la plena propiedad de los Productos/Servicios vendidos hasta al pago total y efectivo por el CLIENTE del precio e importes facturados. En consecuencia, hasta que no se efectúe el pago íntegro de las cantidades facturadas, el CLIENTE será un mero depositario de los Productos/Servicios, sin que ello suponga exoneración del régimen de responsabilidad.
Los Productos/Servicios de «COPERMÁTICA, S.L.» son de exclusiva propiedad de ésta, no pudiendo ser utilizados junto con otros componentes que no sean de su propiedad. Queda prohibida la instalación y uso de materiales, productos o servicios que sean propiedad de «COPERMÁTICA, S.L.», en equipos que no sean de su titularidad.
En caso de detectar dichos usos no consentidos por «COPERMÁTICA, S.L.», dará derecho a ésta para resolver el contrato, sin devolución de las cantidades obtenidas por parte del cliente como consecuencia de este contrato, reservándose igualmente el derecho a formular las acciones legales que pudieran corresponderle por derecho.